Finiquito por fin de contrato temporal: los 12 días por año
Última actualización: 22 de junio de 2026
Cuando termina un contrato temporal por llegar a su fin previsto cobras dos cosas que conviene no mezclar: el finiquito de las partes proporcionales que ya habías ganado y, en la mayoría de los casos, una indemnización de fin de contrato de 12 días de salario por año trabajado. Son conceptos distintos que suelen aparecer juntos en el mismo documento.
El finiquito: lo de siempre
Igual que en cualquier extinción, el finiquito incluye los días trabajados pendientes del último mes, las vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extra que no estuvieran prorrateadas. Si necesitas repasar estos conceptos, los detallamos en qué es el finiquito.
La indemnización de 12 días por año
El artículo 49.1.c del Estatuto de los Trabajadores reconoce, al finalizar el contrato temporal, una indemnización equivalente a la parte proporcional de 12 días de salario por cada año de servicio. Es una cantidad propia del fin de contrato, distinta del finiquito y de la indemnización por despido.
Hay excepciones importantes: no generan esta indemnización los contratos formativos ni el contrato de sustitución (la antigua interinidad). En esos casos cobras el finiquito de partes proporcionales, pero no los 12 días.
Un ejemplo orientativo
Imagina un contrato temporal de 18 meses con un salario diario de 50 € (en torno a 1.500 €/mes en 14 pagas). La indemnización de fin de contrato sería:
- 12 días × 1,5 años = 18 días de salario.
- 18 días × 50 € = 900 € (orientativo).
A esa cantidad se le suma el finiquito de vacaciones, días del mes y pagas extra pendientes. Introduce tus datos en la calculadora de finiquito para ver el reparto exacto.
Cómo se prorratean los 12 días
La indemnización se calcula «por año de servicio», pero casi nunca trabajas un número exacto de años. Por eso se prorratea por el tiempo trabajado: 12 días por cada año completo y la parte proporcional por los meses sueltos.
- Contrato de 8 meses: 12 × (8 / 12) = 8 días de salario.
- Contrato de 2 años y 6 meses: 12 × 2,5 = 30 días de salario.
Esos días se multiplican por tu salario diario (con la prorrata de pagas extra) para obtener el importe.
Cuándo el «temporal» pasa a 33 días
Hay un supuesto que cambia las cuentas: si el contrato temporal era fraudulento (sin una causa real que justificara la temporalidad) o se superaron los límites de encadenamiento, la relación se considera indefinida. En ese caso, terminar el contrato puede ser un despido improcedente con 33 días por año, no los 12 del fin de temporal. Si sospechas que tu temporalidad no estaba justificada, revísalo dentro del plazo de 20 días hábiles.
Qué contratos temporales existen ahora
Tras la reforma laboral de 2021, la contratación temporal se redujo a supuestos tasados. Hoy, los contratos de duración determinada más habituales son:
- Por circunstancias de la producción (incremento ocasional e imprevisible de la actividad): genera la indemnización de 12 días por año.
- Por sustitución de una persona trabajadora (la antigua interinidad): no genera esa indemnización.
Distinto es el contrato fijo-discontinuo, que es indefinido aunque la actividad sea intermitente: al terminar cada periodo de actividad no hay indemnización de fin de contrato, porque la relación no se extingue, solo se interrumpe.
Cuidado con el encadenamiento de contratos
Si encadenas varios contratos temporales o superas los límites de duración previstos en la ley, tu relación puede convertirse en indefinida. Esto cambia las reglas: si más adelante te despiden, la indemnización ya no será la de 12 días de fin de contrato, sino la del despido (20 o 33 días por año según el caso). Por eso conviene revisar tu antigüedad real, que cuenta desde el primer contrato encadenado, no desde el último.
¿Y el paro?
El fin de un contrato temporal es una situación legal de desempleo, así que normalmente da derecho a la prestación contributiva si reúnes los requisitos generales (al menos 360 días cotizados en los últimos seis años, entre otros). Puedes estimar cuánto te correspondería en la calculadora de paro. Recuerda que la solicitud tiene un plazo de 15 días hábiles desde el cese.
Fuentes
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánta indemnización hay al acabar un contrato temporal?
- 12 días de salario por cada año trabajado (art. 49.1.c del Estatuto de los Trabajadores), prorrateados por el tiempo de servicio. Es independiente del finiquito de partes proporcionales.
- ¿Todos los contratos temporales tienen los 12 días?
- No. Quedan excluidos los contratos formativos y el contrato de sustitución (antigua interinidad), que no generan esa indemnización de fin de contrato.
- ¿El fin de un contrato temporal da derecho a paro?
- Sí, siempre que se cumplan los requisitos generales (haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años, entre otros). Calcula tu prestación en nuestra calculadora de paro.
- ¿Necesito que me preavisen del fin de un contrato temporal?
- Si el contrato tiene una fecha cierta de finalización, se extingue al llegar esa fecha. En los contratos de cierta duración, la falta del preaviso de 15 días obliga a la empresa a abonarte los días correspondientes, pero el finiquito y la indemnización de 12 días por año se cobran igualmente.
Información orientativa, no asesoramiento legal, laboral ni fiscal individualizado. Los cálculos pueden no contemplar todas tus circunstancias. Ante una decisión, consulta con un profesional o con el organismo oficial competente (SEPE, AEAT, Seguridad Social).
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