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Calculadora de finiquito

Última actualización: 20 de junio de 2026 · Parámetros del ejercicio 2026

Calcula lo que te deben al terminar el contrato: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y la prorrata de tus pagas extra. Con el desglose paso a paso y la ley citada.

Sin prorratear las pagas extra.

Días del mes de la baja aún no cobrados.

Vacaciones ya generadas que no llegaste a disfrutar.

Normalmente 2. Pon 0 si ya las cobras prorrateadas cada mes.

Días desde el inicio del periodo de devengo de la extra (0-365).

Finiquito estimado (bruto)

1989,73 €

Cómo se calcula, paso a paso

Salario diario

1500 € / 30 días

Mes comercial de 30 días, regla habitual en nómina.

50,00 €
Salario pendiente del último mes

50 €/día × 15 días

750,00 €
Vacaciones no disfrutadas

50 €/día × 10 días

500,00 €
Prorrata de pagas extraordinarias

1500 € × 2 pagas × 90/365

739,73 €
Total finiquito (bruto)

Importe bruto, antes de IRPF y cotización a la Seguridad Social.

1989,73 €
  • El finiquito es la liquidación de lo ya devengado; no incluye indemnización por despido.

Base legal del cálculo:

Cálculo con parámetros del ejercicio 2026.

Información orientativa, no asesoramiento legal, laboral ni fiscal individualizado. Los cálculos pueden no contemplar todas tus circunstancias. Ante una decisión, consulta con un profesional o con el organismo oficial competente (SEPE, AEAT, Seguridad Social).

Qué es el finiquito y qué incluye

El finiquito es el documento que liquida la relación laboral cuando termina, sea cual sea la causa: una baja voluntaria, el fin de un contrato temporal, un despido o una jubilación. A diferencia de lo que mucha gente cree, el finiquito no es una compensación «extra» ni una indemnización: es, simplemente, el pago de lo que ya habías ganado y todavía no habías cobrado en el momento de irte. Por eso lo cobra todo el mundo al terminar, con independencia de cómo acabe el contrato.

En la práctica, el finiquito se compone de tres partidas principales, que son las que recoge esta calculadora:

  • El salario de los días trabajados del último mes. Si dejas la empresa el día 15, tienes derecho a cobrar esos quince días aunque la nómina se pague a fin de mes. Es la aplicación directa del concepto de salario del artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Las vacaciones generadas y no disfrutadas. Las vacaciones se devengan a lo largo del año en proporción al tiempo trabajado. Si te vas a mitad de año y no las has disfrutado, la empresa debe abonártelas como salario (art. 38 ET). Si las has disfrutado de más, puede descontártelas.
  • La parte proporcional de las pagas extraordinarias. Tienes derecho como mínimo a dos pagas extra al año (art. 31 ET). Esas pagas se devengan mes a mes, así que al terminar te corresponde la parte acumulada desde el inicio de su periodo de devengo y que aún no has cobrado, salvo que ya las recibas prorrateadas en las doce nóminas mensuales.

Cómo se calcula cada partida

La base de todo es el salario diario. En nómina española se usa el mes comercial de 30 días, así que el salario diario se obtiene dividiendo el salario bruto mensual entre 30. Con ese valor:

  • El salario pendiente es el salario diario multiplicado por los días trabajados del último mes que aún no has cobrado.
  • Las vacaciones no disfrutadas son el salario diario multiplicado por los días de vacaciones que has generado y no has disfrutado.
  • La prorrata de pagas extra es el importe anual de tus pagas (salario mensual multiplicado por el número de pagas) multiplicado por la fracción del año ya devengada. Una forma sencilla de aproximarlo es contar los días transcurridos desde el inicio del periodo de devengo y dividirlos entre 365.

La suma de las tres partidas es tu finiquito en bruto. Decimos «en bruto» porque, al tratarse de salario, sobre ese importe se aplican la retención de IRPF y las cotizaciones a la Seguridad Social, igual que en cualquier nómina. El dinero que finalmente recibes (el neto) será algo inferior, en función de tu tipo de retención personal.

Un ejemplo práctico

Imagina que cobras 1.500 € brutos al mes, con dos pagas extra al año, y dejas la empresa el día 10 de un mes, con 5 días de vacaciones sin disfrutar y 90 días devengados de la próxima paga extra. Tu salario diario es 1.500 / 30 = 50 €. El salario pendiente serían 50 × 10 = 500 €; las vacaciones, 50 × 5 = 250 €; y la prorrata de pagas extra, 1.500 × 2 × (90 / 365) ≈ 739,73 €. El finiquito bruto sería de unos 1.489,73 €. La calculadora de arriba hace exactamente esta operación y te enseña cada paso.

Errores frecuentes al revisar el finiquito

El error más común es confundir el finiquito con la indemnización. Si te han despedido, debes cobrar ambas cosas: el finiquito (lo devengado) y, además, la indemnización que corresponda al tipo de despido. Otro error habitual es no revisar las vacaciones: muchas empresas calculan mal los días generados o se «olvidan» de incluirlos. También conviene comprobar que la prorrata de las pagas extra está bien contada, sobre todo si tu convenio fija periodos de devengo distintos del año natural.

Recuerda que no estás obligado a firmar el finiquito si no estás conforme con las cantidades. Puedes firmarlo indicando «no conforme», lo que te permite cobrar mientras te reservas el derecho a reclamar. Si firmas sin reservas, en muchos casos se entiende que saldas y finiquitas la relación, así que revisa bien los números —para eso está esta herramienta— antes de estampar tu firma.

Plazo para reclamar

Si detectas que el finiquito está mal calculado, tienes un plazo de un año para reclamar las cantidades salariales no prescritas (art. 59 ET). Para impugnar un despido, en cambio, el plazo es mucho más corto: 20 días hábiles. Por eso es importante revisar las cifras cuanto antes y, ante la duda, acudir al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o consultar con un profesional. Esta calculadora es una herramienta orientativa que te ayuda a entender de dónde sale cada euro, pero no sustituye al asesoramiento individualizado.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Qué es exactamente el finiquito?
Es la liquidación de las cantidades que ya has devengado y que la empresa te debe al terminar el contrato: el salario de los días trabajados del último mes, las vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extraordinarias. No es una indemnización por despido; son conceptos distintos que pueden cobrarse a la vez.
¿El finiquito incluye la indemnización por despido?
No. El finiquito es lo ya devengado; la indemnización por despido es una cantidad aparte que depende del tipo de despido (improcedente, objetivo, fin de temporal). Si te despiden, cobrarás el finiquito y, además, la indemnización que corresponda. Para esta última usa nuestra calculadora de indemnización por despido.
¿Se descuentan impuestos del finiquito?
Sí. El finiquito es salario, así que está sujeto a retención de IRPF y a cotización a la Seguridad Social. Nuestra calculadora muestra el importe bruto; el neto que ingresas será algo menor según tu tipo de retención y tus bases de cotización.
¿Cómo se calculan las vacaciones no disfrutadas?
Se pagan como salario: los días de vacaciones que has generado y no has disfrutado se multiplican por tu salario diario. Si has trabajado parte del año, las vacaciones se generan de forma proporcional al tiempo trabajado (art. 38 del Estatuto de los Trabajadores).
¿Qué pasa con las pagas extra si las cobro prorrateadas?
Si tu empresa ya reparte las pagas extraordinarias en las doce nóminas mensuales (salario prorrateado), no hay prorrata adicional que liquidar en el finiquito: pon 0 pagas en la calculadora. Si las cobras aparte (normalmente dos al año), sí tienes derecho a la parte devengada desde el inicio de su periodo de devengo.
¿Tengo que firmar el finiquito en el momento?
No estás obligado a firmarlo si no estás de acuerdo. Puedes firmar añadiendo "no conforme" para dejar constancia de que revisas las cantidades, y tienes derecho a la presencia de un representante de los trabajadores en el momento de la firma (art. 49.2 ET). Firmar el finiquito puede suponer la renuncia a reclamaciones, así que revisa bien los importes antes.

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