¿Tributa el finiquito? IRPF y cotización
Última actualización: 20 de junio de 2026
Sí. A diferencia de la indemnización por despido (exenta hasta cierto límite), el finiquito es salario a todos los efectos, así que está sujeto a retención de IRPF y a la cotización a la Seguridad Social del trabajador.
Por qué el bruto no es lo que ingresas
Cuando calculas tu finiquito obtienes una cifra bruta. Sobre ella se aplican los mismos descuentos que en cualquier nómina: la cotización (en torno al 6,50 %) y la retención de IRPF según tu tipo personal. Por eso el importe que finalmente recibes es algo menor.
Las vacaciones no disfrutadas también cotizan
Un detalle importante: las vacaciones devengadas y no disfrutadas que se abonan en el finiquito cotizan a la Seguridad Social, y además prolongan la situación de alta esos días. Es uno de los conceptos que conviene revisar para que estén bien calculados.
Fuentes
Información orientativa, no asesoramiento legal, laboral ni fiscal individualizado. Los cálculos pueden no contemplar todas tus circunstancias. Ante una decisión, consulta con un profesional o con el organismo oficial competente (SEPE, AEAT, Seguridad Social).
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