PPagaClara

Pagas extra: ¿prorrateadas o en dos pagos?

Última actualización: 20 de junio de 2026

Tienes derecho como mínimo a dos pagas extraordinarias al año (art. 31 del Estatuto de los Trabajadores). Pero pueden pagarse de dos formas, y eso afecta a tu nómina y a tu finiquito.

Prorrateadas

Si están prorrateadas, su importe se reparte entre las doce nóminas mensuales. Cobras algo más cada mes y, al terminar el contrato, no hay prorrata pendiente que liquidar en el finiquito.

En dos pagos

Si las cobras por separado (normalmente en verano y Navidad), cada mes cobras menos, pero en el finiquito te corresponde la parte de la paga extra ya devengada y no cobrada. Por eso, al calcular tu finiquito, es importante indicar correctamente cuántas pagas extra tienes y cuántos días llevas devengados.

Fuentes

Información orientativa, no asesoramiento legal, laboral ni fiscal individualizado. Los cálculos pueden no contemplar todas tus circunstancias. Ante una decisión, consulta con un profesional o con el organismo oficial competente (SEPE, AEAT, Seguridad Social).

¿Te avisamos si cambia la normativa?

Las leyes laborales y fiscales cambian. Déjanos tu email y te avisamos si cambia algo que afecte a este cálculo. Sin spam.

Al enviar aceptas nuestra política de privacidad. Puedes darte de baja cuando quieras.