Despido objetivo vs. improcedente
Redacción PagaClara · Contenido revisado contra fuentes oficiales (BOE, AEAT, SEPE) · Última actualización: 24 de junio de 2026
El tipo de despido determina cuánto cobras. Conviene distinguir el despido objetivo del improcedente.
Despido objetivo
Se basa en una causa concreta y justificada (económica, técnica, organizativa, de producción, ineptitud sobrevenida…). Si está bien hecho, la indemnización es de 20 días por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades, y la empresa debe ponerla a disposición del trabajador en el momento del despido.
Despido improcedente
Es el despido que no acredita su causa o incumple requisitos formales. La indemnización sube a 33 días por año (45 por el tiempo anterior a 2012), con topes de 720 días o 24 mensualidades. Un despido objetivo mal fundamentado puede declararse improcedente, con lo que la indemnización se recalcula al alza.
Por eso, ante un despido objetivo, merece la pena revisar si la causa está realmente justificada antes de aceptar la indemnización.
Fuentes
Preguntas frecuentes
- ¿Cuántos días de indemnización por año corresponden en cada tipo de despido?
- Con carácter general, el despido objetivo bien hecho da derecho a 20 días por año de servicio, y el improcedente sube a 33 días por año (45 días por el tiempo anterior a 2012).
- ¿Qué cambia que el despido sea objetivo o improcedente?
- El despido objetivo se basa en una causa concreta y justificada, mientras que el improcedente es el que no acredita su causa o incumple requisitos formales. Un despido objetivo mal fundamentado puede declararse improcedente, con lo que la indemnización se recalcula al alza.
- ¿Qué tope tiene cada indemnización?
- El despido objetivo tiene un máximo de 12 mensualidades, y el improcedente, topes de 720 días o 24 mensualidades.
Información orientativa, no asesoramiento legal, laboral ni fiscal individualizado. Los cálculos pueden no contemplar todas tus circunstancias. Ante una decisión, consulta con un profesional o con el organismo oficial competente (SEPE, AEAT, Seguridad Social).
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